Acoso Laboral

Acoso Laboral

“Todos los días se burlaban de mí por algo diferente…Por mi pelo, mis calcetines, mis ojeras…Se lo comuniqué a la empresa, y lo que decidieron fue cambiarme de puesto, aislarme y hacerme invisible”

Las conductas de acoso en el trabajo se caracterizan porque son intencionadas, reiteradas en el tiempo, y persiguen el objetivo de destruir psicológicamente a la víctima y/o hacer que éste abandone la organización.

Las conductas de acoso en el trabajo pueden adoptar diferentes formas, algunas más evidentes y otras más sutiles. ¡Veamos algunas!

  • Descalificaciones
  • Cuchicheos y rumores
  • Amenazas (ej. con no cobrar la nómina, con bajar el sueldo, con el despido, etc.)
  • Abuso de autoridad
  • Supervisión excesiva
  • Aislamiento o cambio de puesto de trabajo
  • Modificación de tareas
  • Asignación de cargas de trabajo excesivas o imposibles
  • Asignar trabajos sin utilidad o sin valor
  • Asignar trabajos por debajo de la capacidad profesional de la víctima
  • Privación de cualquier tipo de trabajo
  • Reducir o impedir las comunicaciones
  • Uso selectivo de las comunicaciones (ej. siempre para reprender y nunca para reconocer los esfuerzos)
  • Ignorar, excluir o hacer el vacío

 

El acoso laboral puede ser de tipo horizontal (entre compañeros del mismo rango) o vertical (entre personas de rangos distintos). En el caso del acoso vertical, generalmente el acosador suele ser el que mayor rango ocupa (jefe o responsable), y la víctima el de rango inferior (empleado). No obstante, también existen casos de acoso vertical de abajo hacia arriba, donde el acosador es una persona de inferior rango.

La sintomatología que sufren las víctimas, con más frecuencia, en estos casos es de tipo ansioso-depresiva (ej. alteraciones de sueño, hipervigilancia, temor, apatía, pérdida de apetito, aislamiento, etc.).

El acoso laboral conlleva un daño principalmente psicológico para la víctima, y será ésta quien tenga que justificar y probar que ha sufrido acoso y las repercusiones psicológicas que sufre. ¿Cómo? Con un INFORME PERICIAL DE DAÑO PSICOLÓGICO POR ACOSO LABORAL.

¿Quién hace estos informes?

Los informes de daño psicológico por acoso laboral deben ser redactados y defendidos en juicio por parte de un profesional de la psicología especializado en psicología forense y en derecho laboral.

¿Qué utilidad tienen estos informes?

Estos informes constituyen una prueba científica, cuantitativa y objetiva sobre el daño sufrido por la víctima. La utilidad principal es la de ayudar al juez en la toma de decisión respecto al daño sufrido y a la cuantía correspondiente de indemnización.

¿Quién puede solicitar estos informes?

Estos informes evalúan conductas de acoso sufridas en el trabajo y las alteraciones psicológicas presentes en la víctima. No se requiere la participación de la otra parte ni de la empresa.

¿Cómo se realiza el informe?

En primer lugar, se llevará a cabo un estudio de la documental del procedimiento (ej. fotografías, conversaciones, correos electrónicos, actas de reuniones, bajas laborales, etc.). Posteriormente, un psicólogo forense evaluara el daño del solicitante mediante entrevistas presenciales, observación conductual y aplicación de test objetivos. Después, el psicólogo forense redactará el informe y se lo enviará al cliente para su aportación como prueba en el procedimiento. Por último, si el juez o el cliente lo requieren, el perito acudirá a juicio a ratificar el informe pericial.

Si necesitas más información sobre como podemos ayudarte si estás sufriendo acoso laboral, puedes ponerte en contacto con nosotros. En este primer contacto, puedes comentarnos brevemente lo que necesitas. En un máximo de 24 horas te asesoraremos y te daremos un presupuesto. Solo si estás conforme, empezaremos a trabajar.

Andrea García Beato
Máster de Ciencias Forenses